AUMENTOS EN LAS COMUNICACIONES PARA MARZO

 


Por Soy Del Este
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Foto: Internet

ECONOMÍA - NACIÓN

Mediante la Resolución 204/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional autorizó nuevos aumentos para los servicios de internet, televisión por cable y telefonía fija.
Estos se suman a los ya anunciados para la telefonía móvil, que llega a un 7,5% para febrero y 2,5% para marzo.

En este caso, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) estableció que las licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF), podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo de 2021, hasta un 5%.

Mientras que las prestadoras de Internet podrán hacerlo de la siguiente manera:

A): Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con menos de 100 mil accesos totales: hasta un 7%. 

B): Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con 100 mil accesos totales o más: hasta un 5%.

C): Planes que ofrecen 50 Mbps o más de velocidad de bajada, Segmento Hogar: hasta un 7,5%.
Planes Corporativos: hasta un 7,5%.

 
En tanto, los abonos por cable residenciales, ya sea en la modalidad prepaga o pospaga, podrán implementar subas de la siguiente forma:

1): Planes ofrecidos por prestadores de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico o Radioeléctrico (SRSVFR) con menos de 100.000 accesos totales: hasta un 7%.

2): Planes ofrecidos por prestadores de SRSVFR con 100 mil accesos totales o más: hasta un 5%.

3): Planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”: hasta un 7,5%.
 

En el caso de servicios de televisión satelital, el incremento en el abono será de hasta 5% para prestadoras con menos de 200 canales, 7,5% para prestadoras de 200 o más canales y hasta un 7,5% en el caso de planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”.
 
Sobre el final del documento, el ENACOM aclara que estos incrementos autorizados sólo podrán ser aplicados por aquellas licencias que hubiesen cumplimentado las disposiciones en las que se permitieron las anteriores actualizaciones tarifarias. 

Además, indica que la medida no alcanzan a los precios de las Prestaciones Básicas Universales (PBU) -planes que el Gobierno lanzó para jubilados, desocupados, beneficiarios de AUH, entre otros-.

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